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Estos son los diferentes tipos de permisos que puedes obtener.

AM-  (15 años)  -  Autoriza a conducir ciclomotores de dos ruedas  (50cc.) o tres ruedas y cuadriciclos ligeros (4 Kw. 5,4 Cv.) y peso inferior a 350 Kg.

Pero podrá estar limitado a conducir ciclomotores de tres ruedas y cuadriciclos ligeros.             

  • Examen teórico y prueba práctica en circuito cerrado.

Caducidad: -65 años = 10 años. +65 años = 5 años. 


A1- (16 años)  - (Incluye -AM-) Autoriza a conducir  motocicletas, con o sin sidecar con una cilindrada máxima de 125 cm³, una potencia máxima de 11 Kw y una relación potencia/peso máxima de 0,1 Kw/kg y triciclos de motor cuya potencia máxima no exceda de 15 Kw.             

  • Examen teórico, prueba práctica en circuito cerrado y examen de circulación.

Caducidad: -65 años = 10 años. +65 años = 5 años. 


A2- (18 años) - (Incluye -AM-A1-)  - Autoriza para conducir motocicletas con o sin sidecar con una potencia máxima de 35 Kw (47 Cv.) y una relación potencia/peso máxima de 0,2 Kw/kg.  Y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.

  • Examen teórico, prueba práctica en circuito cerrado y examen de circulación.  (Con 2 años del A1, sólo hay que hacer el examen de circulación.

Caducidad: -65 años = 10 años. +65 años = 5 años. 


A-  (20 años) mínimo porque hay que tener 2 años de antigüedad del A2  para conducir todo tipo de motocicletas y triciclos de motor, hasta los 21 años no autorizará a conducir triciclos de motor con potencia de mas de 15 kW.

Los vehículos de 2 ruedas y triciclos pueden llevar remolque, circulando de día, no se transporten personas, reduciendo su velocidad en un 10% en carreteras, y el peso total del remolque no supere el 50% de la tara del vehículo.  

Caducidad: -65 años = 10 años. +65 años = 5 años. 


B- (18 años)  (Incluye -AM-) - Automóviles M.M.A. de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte con un máximo de 9 plazas. Además pueden arrastrar un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

Y conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya M.M.A. exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 3.500 kg,  (o hasta 4.250 kg.) pero con una prueba.

Si bien el permiso B no requiere un examen específico de maniobra, para la autorización para conjunto entre 3.500 y 4.250 kg, de MMA sí se necesita pasar un examen de maniobra. El examen de maniobras para obtener la autorización consta de 2 maniobras:

Maniobra I. Estacionamiento en línea y salida         .Maniobra M. Acoplamiento y desacoplamiento del remolque.

Se autoriza a la conducción en territorio nacional con una antigüedad del permiso superior a dos años, de automóviles sin remolque impulsados por combustibles alternativos destinados al transporte de mercancías con una masa máxima autorizada superior a 3.500 kg pero que no exceda los 4.250 kg, siempre que la masa que supere los 3.500 kg provenga exclusivamente del exceso de masa del sistema de propulsión respecto al sistema de propulsión de un vehículo de las mismas dimensiones que esté equipado con un motor convencional de combustión interna con encendido por chispa o por compresión, y siempre que no se incremente la capacidad de carga respecto al mismo vehículo.

 Motos de 125 cc. (Después de 3 años de antigüedad), 

Triciclos + 21 años autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia + 15 kW. También  cuadriciclos de motor.  

 Tractores agrícolas, y sus conjuntos.  Y maquinaria no agrícola (vehículos especiales) cuya velocidad máxima no supere  los  40 Km/h. y su M.M.A. no supere los 3.500 Kg. 

  • Examen teórico, y examen de circulación con maniobra.     

 Caducidad: -65 años = 10 años. +65 años = 5 años. 

 

B-96- (18 años)  Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque de más de 750 Kg. Siempre y cuando la M.M.A del conjunto no supere los 4.250 Kg.   

  • Prueba práctica en circuito cerrado y examen de circulación.
Permiso únicamente válido en el territorio Español.

 Caducidad: -65 años = 10 años. +65 años = 5 años. 


B + E- (18 años) Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg. pero no sobrepase, los 3,500 Kg, de M.M.A. 

  • Examen de teórica específico y prueba práctica en circuito cerrado y examen de circulación.

Caducidad: -65 años = 10 años. +65 años = 5 años. 


C1- (18 años)  Automóviles cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kilogramos y no sobrepase los 7.500 kilogramos y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos.

  • Examen de teórica específico y prueba práctica en circuito cerrado y examen de circulación.

Caducidad: -65 años = 5 años. +65 años = 3 años.


C1 + E- (18 años) (Incluye –B+E-)  Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C1 y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kilogramos, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto así formado no exceda de 12.000 kilogramos y que la masa máxima autorizada del remolque no sea superior a la masa en vacío del vehículo tractor.

Caducidad: -65 años = 5 años. +65 años = 3 años.


C- (18 ó 21 años) (Incluye –C1-) Automóviles cuya masa máxima autorizada exceda de 3.500 kilogramos y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos. 
La edad mínima para obtenerlo será de veintiún años cumplidos. También se podrá obtener con 18 años cumplidos siempre que sea titular del certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial ordinaria.

  • Examen de teórica específico y prueba práctica en circuito cerrado y examen de circulación.

Caducidad: -65 años = 5 años. +65 años = 3 años.


C + E- (18 ó 21 años) (Incluye –C1+E-)e (Incluye –D+E- si se posee permiso –D-)    Conjuntos de vehículos acoplados, compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase C y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kilogramos.
La edad mínima para obtenerlo será de veintiún años cumplidos. También se podrá obtener con 18 años cumplidos siempre que sea titular del certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial ordinaria.

  • Examen de teórica específico del –C- y prueba práctica en circuito cerrado y examen de circulación.
  • Examen de teórica específico del –E- y prueba práctica en circuito cerrado y examen de circulación.

Caducidad: -65 años = 5 años. +65 años = 3 años.


D1- (18 ó 21 años)  Automóviles destinados al transporte de personas cuyo número de asientos, incluido el del conductor, sea superior a nueve y no exceda de diecisiete y cuya longitud máxima no exceda de ocho metros. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 Kg.   
La edad mínima para obtenerlo será de 21 años cumplidos. También se podrá obtener con 18 años cumplidos siempre que sea titular del certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial ordinaria pero sólo podrán conducir estos vehículos dentro del territorio nacional hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos.

Caducidad: -65 años = 5 años. +65 años = 3 años.


D-  (18 ó 24 años) (Incluye –D1-) Automóviles destinados al transporte de personas cuyo número de asientos, incluido el del conductor, sea superior a nueve. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos.  
La edad mínima para obtenerlo será de 24 años cumplidos. También podrá obtenerse a las siguientes edades, cumpliendo el requisito indicado y con las limitaciones establecidas en cada caso:
    • 23 AÑOS y ser titular del certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial acelerada
    • 21 AÑOS y ser titular del certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial ordinaria.
    • 21 AÑOS y ser titular del certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial acelerada. (Sólo podrán conducir vehículos de transporte de viajeros en servicios regulares cuyo trayecto no supere los 50 km).
    • 20 AÑOS y ser titular del certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial ordinaria. (Solo podrá conducir dentro del territorio nacional y hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos).
    • 18 AÑOS y ser titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial ordinaria. (Solo podrá conducir vehículos sin pasajeros o si se trata de transporte de viajeros en servicios regulares cuyo trayecto no supere los 50 km, dentro del territorio nacional y hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos.

  • Examen de teórica específico, y prueba práctica en circuito cerrado y examen de circulación.

Caducidad: -65 años = 5 años. +65 años = 3 años.


D + E- (18 ó 24 años) (Incluye –D1+E-)  Conjuntos de vehículos acoplados, compuestos por un vehículo automóvil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase D y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg.
La edad mínima para obtenerlo será de 24 años cumplidos. También podrá obtenerse a las siguientes edades, cumpliendo el requisito indicado y con las limitaciones establecidas en cada caso:
    • 23 AÑOS y ser titular del certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial acelerada.
    • 21 AÑOS y ser titular del certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial ordinaria.
    • 21 AÑOS y ser titular del certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial acelerada. (Sólo podrán conducir vehículos de transporte de viajeros en servicios regulares cuyo trayecto no supere los 50 km).
    • 20 AÑOS y ser titular del certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial ordinaria. (Solo podrá conducir dentro del territorio nacional y hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos).
    • 18 AÑOS y ser titulares del certificado de aptitud profesional (CAP) en la modalidad de cualificación inicial ordinaria. (Solo podrá conducir vehículos sin pasajeros o si se trata de transporte de viajeros en servicios regulares cuyo trayecto no supere los 50 km, dentro del territorio nacional y hasta que el titular del permiso tenga 21 años cumplidos).

  • Examen de teórica específico del –E- y prueba práctica en circuito cerrado y examen de circulación.  (El permiso C+E incluye el D+E sin examen, en caso de poseer el permiso D

Caducidad: -65 años = 5 años. +65 años = 3 años.

Permiso internacional.

Para conducir fuera de la UE y del EEE es necesario obtener y llevar contigo el Permiso Internacional para poder conducir. Es una autorización complementaria, por lo que debe ir siempre acompañado de tu permiso español en vigor.

El periodo de validez es de un año, pero solo tendrá validez mientras la tenga tu permiso español.

Estancias cortas o viajes dentro de la Unión Europea, UE, y el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein)

Tu permiso de conducir español es válido para conducir mientras esté en vigor, no siendo necesario que realices ningún trámite si estás de paso o de vacaciones.

Fuera de la UE y del EEE

Si vas a conducir fuera de la Unión Europea o el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega), es necesario obtener y llevar contigo el Permiso Internacional:

·         El Permiso Internacional no tiene validez por sí mismo, por lo que siempre debe de ir acompañado de tu permiso español en vigor.

·         El permiso internacional es aceptado en prácticamente todos los países del mundo.

·         Tiene una validez de un año. Se trata de un permiso temporal, por lo que, si vas a cambiar tu residencia a otro país, tendrás que informarte allí de cómo actuar para realizar el canje o inscripción de tu permiso según las reglas de tu nuevo país.


Fuente información.   DGT  https://www.dgt.es/nuestros-servicios/permisos-de-conducir/clases-de-permisos-de-conducir/